CONSULTA
Se podría tener dos padrinos y dos madrinas en una boda religiosa.
RESPUESTA
No hay problema en que tengas más de un padrino o madrina, porque
su función es casi insignificante, únicamente tener en cuenta
que la celebración del matrimonio en forma canónica no exige,
como en el caso del Bautismo y/ o de la Confirmación, que en la medida
de lo posible se de a quien recibe esos sacramentos un padrino cuya función
es asistir al Bautizado en su iniciación cristiana o ayudarle a avanzar
por el camino de esa iniciación en el caso del padrino de confirmación.
En la celebración del matrimonio no es necesario pues, la presencia
de padrino o madrina. Su presencia debe ser libre y creemos que equiparada
en su función a la de "testigos comunes", tal como enumera
el segundo requisito del c. 1108, 1º del Código de Derecho Canónico,
exigido para la validez d de la forma canónica ordinaria: el consentimiento
debe ser prestado ante, al menos, dos testigos. Su función es la
de testimoniar sobre el hecho acaecido, es decir, sobre el matrimonio celebrado,
por lo que únicamente se exige que puedan testificar sobre ello:
es indiferente, por tanto, su cualidad o condición canónica.
Sólo es necesario que comprendan que es lo que se está realizando
ante ellos y que su presencia sea simultánea, moral, física
y formal. En suma, únicamente les debe constar la prestación
del consentimiento para que, en consecuencia, puedan testificar sobre ello.
Sus nombres deben ser inscritos en el Registro Matrimonial (c. 1121, 1º
del CIC) por razones obvias de interés público y creemos que
nada impide que haya un número mayor de "testigos comunes"
a los que equiparamos a los padrinos.