Algunos aspectos legales de los boletines electrónicos |
Por
lo anterior, es claro que las direcciones que obtengamos – por
ejemplo – usando un programa tipo Spider ( del inglés,
araña ) que de forma automática rastree la Red, y nos
recopile direcciones e-mail, no sería legal usar las mismas.
Lo mismo ocurriría aunque no hubiésemos usado dicho
tipo de software, sino que fuésemos de aquellos que se toman
su tiempo y su paciencia, y a través de una navegación
manual, no automática, vayan copiando las mentadas direcciones.
Evidentemente, si antes de usar dichas direcciones solicitamos el
permiso de su titular para remitirle nuestro boletín, siguiendo
y aplicando para tal fin los criterios ya expuestos acerca de la interpretación
que sobre este hecho efectúa la APD, estaremos – legalmente
hablando – “inmaculados”.
Modo de obtener las direcciones No nos vamos a referir aquí a lo antes expuesto, esto es,
a que la direcciones implicadas se hayan recogido de sitios web
de acceso libre, sino que vamos a aludir a otro fenómeno,
consistente éste en comprar o recibir – a cambio o
no de alguna otra contraprestación por parte Para situarnos correctamente ante dicho supuesto, es imprescindible saber en qué encaje legal concreto sitúa y ubica la LOPD tal tipo de operaciones. El concepto clave aquí sería el de cesión o comunicación de datos ( usamos la terminología de la ley ). Por tal figura habremos de entender toda aquella revelación de datos efectuada a persona distinta del interesado. Antes de continuar con el desarrollo de este epígrafe hemos de advertir que el incumplir los preceptos de la LOPD en cuanto a las cesiones o comunicaciones de datos se considera objeto de sanción grave, cuyo tramo de multa está entre 300.000 y 600.000 euros, circunstancias éstas que, obligadamente – por lo menos para la gente sensata – harán que dichos aspectos se miren o analicen más que con lupa. Una obligación que compete al que cede los datos, es la
de comunicar a los titulares de los mismos que se va a llevar dicha
cesión, indicándole igualmente la finalidad de ella,
qué tipo de datos se ceden, y el nombre y dirección
del cesionario. Todo esto es salvo que cuando se recabaron dichos
datos se hubiese informado de ello en su momento, pues siendo así
no hace falta volver a hacerlo. |
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